El nivel de formación alcanzado por una persona se define como "el máximo nivel que el individuo ha completado" y "se mide a partir del programa de máximo nivel que haya superado, validado, normalmente, por la correspondiente certificación".
Está constituido por el total de demandas de empleo en alta, existentes el último día de cada mes, excluyendo las que correspondan a situaciones laborales descritas en la Orden Ministerial de 11 de Marzo de 1985 (B.O.E de 14/3/85) por la que se establecen criterios estadísticos para la medición del Paro Registrado.
Los criterios de clasificación utilizados son el tipo de trabajo realizado y las competencias. Se entiende por competencias la capacidad para desempeñar las tareas inherentes a un empleo determinado, para lo cual se tienen en cuenta dos puntos de vista: el nivel y la especialización de las competencias. Se utiliza la Clasificación Nacional de Ocupaciones CNO-11.